sábado, 30 de enero de 2010

Aviso legal para la subscripción a una newsletter


AVISO LEGAL A LOS USUARIOS DEL FORMULARIO "NEWSLETTER" de www.linguactive.com

PROTECCIÓN DE BASE DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL


LEER ATENTAMENTE EL AVISO LEGAL ANTES DE PROCEDER A ENVIAR LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL SOLICITADOS EN EL FORMULARIO "NEWSLETTER"

Linguactive, SL., con domicilio en la ciudad de Madrid, calle Jorge Juan núm. 125, código postal 28009., provista del CIF núm. B-78311040 e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7381, Folio 61, Hoja 72532, Inscripción 1ª (en adelante, Linguactive), en cumplimiento de las estipulaciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), le informa que los datos que usted facilita en el formulario "NEWSLETTER" quedaran incorporados en fichero de datos de titularidad de Linguactive que ha sido debidamente inscrito en el Registro General de Protección de Datos. Los datos aquí recogidos serán tratados por Linguactive con la finalidad exclusiva de poder disponer de los datos de las personas que estén interesadas en recibir a través de su dirección de correo electrónico la información contenida bajo el concepto de Newsletter.

Con el envío del formulario cumplimentado "NEWSLETTER" a Linguactive, el usuario otorga su consentimiento para que LINGUACTIVE pueda disponer de sus datos personales para la finalidad antes expuesta. El usuario debe facilitar datos verdaderos y actualizados. Linguactive no se hace responsable de las consecuencias y perjuicios que puedan provocar unos datos falsos o erróneos. Igualmente y, de acuerdo con el artículo 6 de la LOPD, el interesado puede revocar, previa solicitud justificada, su consentimiento para el tratamiento de los datos personales facilitados. Para ejercitar este derecho es preciso que la persona interesada se dirija mediante un correo electrónico a la siguiente dirección administracion@linguactive.com indicando a la referencia del mensaje "LOPD". En el mismo mensaje la persona interesada tendrá que acreditar su interés legítimo y su identidad. El interesado también puede ejercitar sus derechos mediante una carta dirigida a Linguactive, SL, Calle Jorge Juan núm. 125, código postal 28009 de Madrid, con la referencia "LOPD", y tendrá que acreditar su interés legítimo y su identidad. El consentimiento no tiene carácter retroactivo.

Por su parte, Linguactive se compromete que los datos personales facilitados por el usuario serán tratados de forma totalmente confidencial y, según todas las medidas de seguridad establecidas por la Ley, con la finalidad de evitar accesos y tratamientos no autorizados. Así mismo, los datos tampoco serán cedidos a terceros ni utilizados para otras finalidades que no sean estrictamente las aquí descritas.

Igualmente, Linguactive, en cumplimiento del artículo 5 de la LOPD, informa que el hecho de facilitar sus datos personales a través del envío del presente formulario cumplimentado es de carácter facultativo y que en cualquier momento, usted puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y/o oposición respecto de los datos facilitados. En este supuesto, el interesado tendrá que dirigir su reclamación al responsable del archivo mediante un correo electrónico a la dirección administracion@linguactive.com, indicando a la referencia del mensaje "LOPD" y detallando en el mismo los datos que desee modificar o cancelar. El interesado también puede ejercitar estos derechos mediante una carta dirigida a Linguactive, SL, Calle Jorge Juan núm. 125, código postal 28009 de Madrid con la referencia "LOPD" y detallando los datos a modificar o cancelar. El interesado tendrá que acreditar en ambos casos su interés legítimo e identidad. El consentimiento no tiene carácter retroactivo.

En cumplimiento del artículo 12.2 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico, Linguactive retendrá durante un periodo máximo de doce meses aquellos datos imprescindibles para identificar el origen de los datos alojados y el momento en que se inició la prestación del servicio. La obligación de retención de los datos no afectará al secreto de las comunicaciones. Los datos retenidos lo serán a efectos de seguridad, y no serán utilizados para finalidades diferentes de las indicadas en la citada ley.

Así mismo, en cumplimento del artículo 21 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, Linguactive no enviará por correo electrónico comunicaciones comerciales que no hayan estado expresamente autorizadas. Siempre que Linguactive envíe información comercial a través del correo electrónico de los usuarios, la palabra "publicidad" aparecerá en el inicio del mensaje que envía Linguactive.


He leído atentamente el presente aviso legal y con el envío de mis datos a través del formulario 'NewsLetter', otorgo mi consentimiento para que sean tratados por Linguactive, SL para la finalidad descrita.


AQUÍ hay otro ejemplo.

viernes, 29 de enero de 2010

El marketing de afiliación según Commission Junction


El marketing de afiliación consiste en un canal de publicidad y ventas on-line en el que los anunciantes (comerciantes on-line que venden productos o servicios) pagan a los publishers (compañías independientes que promocionan los productos o servicios de un anunciante en su sitio Web) sólo por los resultados, por cada visitante que realiza una compra o rellena un formulario, y no simplemente por llegar a un público objetivo. Este modelo de "pago por resultados" constituye, en esencia, la versión moderna del modelo de "comisión de intermediario" (finders-fee), en el que las personas o compañías que captan nuevos clientes a través de un programa reciben una remuneración por ello. En el caso del marketing de afiliación, la diferencia consiste en que los anunciantes sólo pagan a los publishers cuando la captación de nuevos clientes se produce como resultado una venta o el acceso de un cliente potencial, esto lo convierte en un entorno de bajo riesgo y alto beneficio para ambas partes.

Cómo funciona

Los anunciantes de nuestra red, CJ Marketplace, insertan sus vínculos publicitarios en nuestra plataforma, para que estén a disposición de los publishers para su colocación. Cada vínculo tiene asignada una comisión, por ejemplo, una cantidad fija por cada cliente potencial o un porcentaje de la venta resultante en el sitio Web del anunciante. Los publishers que buscan rentabilizar sus páginas web solicitan participar en el programa de un anunciante. Una vez aceptados, estos seleccionan y colocan los vínculos del anunciante en sus sitios Web, en sus campañas por correo electrónico o en buscadores.

Cuando un usuario está navegando por internet y hace clic en el vínculo de un anunciante, se inserta una cookie en su explorador que identifica al anunciante, al publisher, el vínculo específico y la comisión asociada. Cuando el visitante realiza una compra real on-line o rellena un formulario, Commission Junction hace un seguimiento de esa operación y la registra. Una vez registrada la operación, Commission Junction se encarga de toda la recaudación y el procesamiento necesarios para garantizar el pago justo y puntual de la comisión al publisher, así como de toda la administración y comprobación necesarias para garantizar ventas y clientes potenciales de calidad para el anunciante.

jueves, 28 de enero de 2010

Ejemplo de software para geomarketing

MarktAnalyst

La herramienta más completa para Geomarketing

MarktAnalyst, Official Business Extension de ArcGIS, es la solución GIS más completa del mercado. Reúne en una sola herramienta todos los

componentes necesarios para análisis y acciones de Geomarketing, con cobertura paneuropea.

¿Qué puede realizar con MarktAnalyst?

  • Geocodificación de direcciones con asignación de coordenadas geográficas.
  • Creación de zonas de influencia.
  • Definición de zonas y territorios comerciales.
  • Visualización en mapas de relaciones con clientes.
  • Identificación y valoración de mercados.
  • Ubicación de puntos de venta y servicios.
  • Cálculo de distancias y rutas.

¿Qué incluye?

  • Paquete completo e intuitivo de funcionalidades para análisis y acciones de Geomarketing de infas GEOdaten.
  • Geocodificador integrado en la herramienta, de Infoware
  • Cartografía digital nacional de Tele Atlas
  • Datos de análisis tanto del mercado residencial como del empresarial de Schober.

¿Cuáles son sus principales aplicaciones? >>

Gestión
de Clientes
Gestión
del Territorio
Gestión Comercial
  • Asignación a puntos de venta y zonas geográficas
  • Visuaización de relación
  • Geocodificación de dire-cciones
  • Análisis de áreas de clientes
  • Definición de zonas y territorios de mercado
  • Creación zona de distancia
  • Scoring de distancia
  • Medición de localización
  • Planificación de rutas
  • Análisis de porfolio (Boston Grid)
  • Medición de Penetración
  • Planificación automatizada de distritos
  • Evaluación estadística de regiones o zonas
  • Creación individual de distritos
  • Cálculo multicriterios
  • Impresión automatizada de mapas

Descargar folleto MarktAnalyst en formato PDF >>

martes, 26 de enero de 2010

Marketing en internet vs. marketing directo


Si eres un asiduo lector de este blog, habrás percibido que mi concepción del marketing en internet refleja la relación que siempre le he visto con el marketing directo. Más que relación mantengo que el marketing en Internet es la aplicación del marketing directo en un medio potentísimo para la interacción. Si conoces el marketing directo estarás completamente de acuerdo conmigo en su relación con el marketing en Internet. Si no es así, déjame ofrecerte algunos argumentos al respecto.

Sigue leyendo el artículo en www.markintero.com

lunes, 25 de enero de 2010

Publicidad, Protección de Datos y Comunicaciones Comerciales Electrónicas


Autor: JAVIER ÁLVAREZ HERNANDO, Abogado. 03/03/2006 (ac-abogados.es)

Por todos es sabido que para que una empresa sea competitiva resulta fundamental el empleo de una publicidad eficaz, fruto de técnicas de marketing, más o menos complejas, que diferencien su oferta de productos o servicios con el fin de fidelizar a sus clientes o, a veces, mucho más complicado, atraer a otros nuevos, máxime cuando tratamos de mercados de consumo que en mayoría se encuentran en fase de madurez.

La Real Academia Española de la Lengua define publicidad como la divulgación de anuncios de carácter comercial para atraer a posibles compradores, usuarios, etc. Pero no todo vale en esta labor de divulgación comercial. A las limitaciones impuestas, entre otras, por la Ley General de Publicidad(1) o la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios, se añade la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal (en adelante, LOPD) que establece en su artículo 30 los requisitos necesarios para realizar tratamientos de datos personales con fines de publicidad y de prospección comercial.

Por su parte, el empleo de nuevas formas publicitarias, de distinta naturaleza, relacionadas con las llamadas "nuevas tecnologías" (e-mail marketing (2) , fax (3) o páginas web (4), entre otras) ha traído consigo, con mayor o menor fortuna, la aparición de una regulación específica en materia de comunicaciones comerciales electrónicas: la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico.

Los tratamientos con fines de publicidad y de prospección comercial se regulan en la LOPD, que establece las dos únicas posibilidades de procedencia de los datos a utilizar con esos fines: a) los datos que sean facilitados por los propios interesados u obtenidos con su consentimiento y b) los datos que figuren en fuentes accesibles al público (en adelante FAP).

En el primer caso, es necesario hacer referencia a uno de los principios cardinales del sistema de protección de datos, como es, el del consentimiento. La LOPD lo define como toda manifestación de voluntad, libre, inequívoca, específica e informada, mediante la que el interesado consiente que se traten sus datos para finalidades, en este caso, comerciales. A efectos prácticos, este consentimiento se deberá recoger mediante la inserción de cláusulas en los distintos formularios de recogida de datos. Debe indicarse en dichas cláusulas o notas legales que el "cliente" autoriza el uso de sus datos con fines publicitarios o comerciales de dicha empresa.

En el caso de existir cesión de datos a terceras empresas, ya sean o no del grupo, debe recogerse un consentimiento específico para esa cesión, distinto del consentimiento para el tratamiento concreto comercial de la empresa que recoge esos datos. No obstante, la ley establece que no es necesario este consentimiento cuando se obtengan los datos de fuentes accesibles al público. La LOPD dice que lo son, exclusivamente (5) , los repertorios telefónicos, las listas de personas pertenecientes a grupos de profesionales, los Diarios y Boletines oficiales y los medios de comunicación (Internet no se entiende que lo sea). En relación con su uso, existen limitaciones como, por ejemplo, que aquellos que se editen en forma de libro perderán el carácter de FAP con la nueva edición que se publique, siendo necesario, entonces el consentimiento del interesado. La LOPD determina que estos datos provenientes de FAP, cuando se destinen a publicidad o prospección comercial, en cada una de las comunicaciones que se realice hay que informar al interesado del origen de los datos, de la identidad del responsable del tratamiento y de los derechos que le asisten(acceso, rectificación, cancelación u oposición). Por su parte, los interesados podrán oponerse, previa simple solicitud y sin gastos, debiendo dárseles de baja del tratamiento y cancelándose las informaciones que sobre ellos figuren.

La importancia de no actuar legalmente conlleva riesgos sancionables por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) con multas de hasta 600.000 euros.


En lo que respecta a las comunicaciones comerciales electrónicas, hay que indicar que cuando se envía publicidad (6) por correo electrónico (7) , se deberá contar con el consentimiento expreso del destinatario de los mensajes. Esto implica que no haya lugar a dudas en cuanto a la aceptación por parte del destinatario (8).

Este requisito se entendería cumplido si después de informar al usuario sobre el uso al que destinará su e-mail, se le ofrece la oportunidad de manifestar su conformidad con el envío de comunicaciones comerciales pulsando en una casilla dispuesta al efecto.

Este requisito no se cumple cuando, sin haber autorizado de forma expresa la recepción de comunicaciones comerciales, el destinatario tolera o no se opone a su envío, cuando no responde a los mensajes por los que se solicita su consentimiento y, por supuesto, cuando se ha opuesto a su recepción.

No obstante, se permite el envío de comunicaciones comerciales a aquellos usuarios que: a) previamente lo hubieran autorizado, b) lo hubieran solicitado de forma expresa o, c) cuando con ellos exista una relación contractual previa, en cuyo caso, se podrá enviar publicidad sobre productos o servicios similares a los contratados por el cliente (9) .

En todo caso, en cada envío mediante e-mail se debe:

  • a) Incluir la palabra "publicidad" al inicio del mensaje (no es necesario incluirla en el "asunto");
  • b) Incluir una cláusula que podría venir a decir: ¿Ha recibido este e-mail porque es usuario registrado de "La Empresa X" y ha aceptado recibir comunicaciones electrónicas relacionadas con nuestros productos o servicios. Si desea revocar dicho consentimiento devuelva este e-mail indicando en el asunto del mensaje: \'Baja correo\' y procederemos a eliminarle de la lista de distribución.
  • c) Asimismo, recomendamos que se incluya en el pie del correo lo siguiente: "Este correo se dirige a: ____@eurosl.es". Con ello se evitan posibles reclamaciones de terceros a quienes les podría llegar el correo reenviado; y,
  • d) Por último, entendemos que es importante incluir un enlace directo a la "Política de Protección de Datos" de la empresa.
  • Los incumplimientos legales, en estos casos, se pueden sancionar por la AEPD con multa de hasta150.000 euros /(10).


.........................................

(1) La Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad define publicidad como toda
forma de comunicación llevada a cabo por una persona física o jurídica, pública o privada, en el
ejercicio de una actividad comercial, artesanal o profesional, con el fin de promover de forma
directa o indirecta, la contratación de bienes muebles o inmuebles, servicios, derechos y
obligaciones (artículo 2).

(2) El e-mailing es la actividad de prospección comercial y publicitaria consistente en el envío
mediante correo electrónico - u otras formas de comunicación electrónica como por ejemplo a
través del móvil-de mensajes publicitarios o promocionales. El e-mailing resulta muy atractivo
para las empresas, debido a su bajo coste además de a la celeridad y facilidad del procedimiento
mediante el empleo de programas informáticos de envío masivo automático.

(3) En este sentido indicamos que, la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de
Telecomunicaciones, establece el derecho de los abonados a no recibir llamadas automáticas sin
intervención humana o mensajes de fax (muy generalizado en la práctica), con fines de venta
directa sin haber prestado su consentimiento previo e informado para ello.

(4) A este respecto, San José Cabezudo, et al. (2004) analizan la eficacia del sitio web como
forma publicitaria (véase "Determinantes de la eficacia publicitaria del sitio web. Una aplicación del
ELM" en la Revista Española de Investigación en Marketing, Vol. 8, nº. 2, págs. 93-121).

(5) La LOPD incluye como fuente accesible al público el llamado censo promocional, que por el momento no está creado.

(6) Regulación establecida por la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.

(7) "U otro medio de comunicación electrónica equivalente" según indica la Ley 34/2002. No obstante, nos referiremos al uso del e-mail por ser el medio más importante.

(8) Generalmente se entiende por spam el envío masivo y repetido de mensajes comerciales no solicitados provenientes de un remitente con identidad oculta o falsa. Es decir sus notas configuradoras son su carácter masivo, repetitivo y desleal.

(9) Desde el punto de vista del Marketing y de las herramientas de comunicación comercial de las que dispone la empresa para comunicarse con su público objetivo, cuando la organización envía un mensaje publicitario "personal" a un receptor "identificable", con la posibilidad de medir la "respuesta" de éste último, ya no estaríamos hablando de publicidad (comunicación comercial "impersonal") sino de Marketing Directo.

(10) Existe un gran reproche no sólo normativo sino social contra las actividades de "spam". Téngase en cuenta a modo de ejemplo la campaña de la Asociación de Usuarios de Internet en colaboración con la Administración y empresas importantes de Internet, que bajo el lema "Rompe las cadenas. Campaña contra el correo basura: spam" trató de aconsejar e informar a los internautas sobre el tema. Véase en http://www.aui.es/contraelspam

viernes, 22 de enero de 2010

Clase magistral de Santiago Rodríguez

He rescatado un video en youtube, grabado por Javier Piedrahita de marketindirecto.com, que recoge la presentación de Santiago Rodríguez en la Feria de la Direct Marketing Association en el 2006.

Aunque hay saltos en la grabación se pillan ideas interesantes y simpáticas.


miércoles, 20 de enero de 2010

Marketing directo en 1992


Os traigo una clase de marketing directo, pero fechada en el año 1992. Se trata de un video promocional de Publipost, una de las empresas decanas del marketing directo en el estado. La explicación de los casos sirve para visualizar mejor los servicios y las posibilidades tradicionales del marketing directo, por ejemplo la capacidad para testar creatividades u ofertas.

Aquí tienes el video, un tanto "retro" pero interesante:

lunes, 18 de enero de 2010

Inversión en marketing directo en el 2008


Adjunto un cuadro con las inversiones y tendencia respecto al año anterior de los medios y técnicas publicitarias que realiza Infoadex, y que el utiliza como referencia el sector.

Hay que prestar atención a las técnicas de comunicación relacionadas con el marketing directo: mailing, internet, telemarketing, buzoneo y marketing móvil. Y sobre todo, comparar estas inversiones y tendencias con los resultados de los medios publicitarios tradicionales.

Si quieres ver más claros los datos haz click en la imagen.

¿Alguna conclusión?

domingo, 17 de enero de 2010

Aplicaciones del geomarketing

Aquí tenemos una explicación de las aplicaciones del geomarketing con el ejemplo de una empresa de Ecuador (Marcimex)


sábado, 16 de enero de 2010

Los peligros del telemarketing

El sector del telemarketing está preocupado estos días con la legislación restrictiva de la carta de derechos de los usuarios de telecomunicaciones.

De todas formas no podemos olvidar que el efecto intrusivo de las llamadas de telemarketing de emisión, es decir, cuando las compañías llaman a los consumidores.

Veamos la reacción de un consumidor inglés ante una llamada de estas:

viernes, 15 de enero de 2010

e-comunicaciones comerciales

No olvidar que en lo que respecta a las comunicaciones comerciales a las personas...

"el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento"




4_-_E-COMUNICACIONES_COMERCIALES

jueves, 14 de enero de 2010

Software para la gestión de clientes y la comunicación: CRM Sugar

Gorka Rodrigo, director técnico de la empresa Irontec, explica qué es un sistema CRM y el motivo de su uso dentro de la jornada Komunika 2009: Informática y Comunicación organizada por "el profe" en la UPV/EHU. Duración: 07:48.

miércoles, 13 de enero de 2010

Razones para adecuarse a la Ley Orgánica de Protección de Datos


Derecho.com reúne en su web las razones para que las empresas respeten la LOPD en la gestión de sus bases de datos y relaciones con los clientes. Son estas:

martes, 12 de enero de 2010

Cómo se vende Mediapost

Mediapost se define como empresa que ofrece servicios integrales de marketing directo. Recientemente ha entrado en el mercado vasco gracias a la compra de Distribuciones Publicitarias Sector (DPS) y BBK Distribuciones XXI.

Veamos cómo describe sus servicios en un video:

Video corporativo de Mediapost from mediapost on Vimeo.